Leyes

Entradas que tratan sobre el marco legal de la propiedad intelectual
Miércoles 14 de Julio de 2010

Copyright y acceso al conocimiento, Pablo Ortellado de GPOPAI en Buenos Aires.

El Dr. Pablo Ortellado coordina el Grupo de Investigación en Políticas Públicas para el Acceso a la Información (GPOPAI) en la Universidad de São Paulo, que en este blog recordamos muy bien luego de leído el aquel revelador estudio, que recopila valiosos datos que miden empíricamente el grado de financiamiento público existente en la producción editorial destinada al ámbito científico y universitario brasileño, y la (escasa) retribución recibida por la sociedad, medida en tanto posibilidad de acceso al conocimiento. En apariencia un panorama no muy diferente del argentino, donde la inversión pública en ese ámbito es significativa... sin embargo las entidades de gestión de restricciones de las editoriales insisten en cobrarle a la Universidad por sacar fotocopias de los libros que ella misma ha financiado o contribuido a financiar, y en realizar demandas legales a los proyectos autogestionados por los estudiantes o profesores, que posibilitan en la práctica el acceso al material de estudio a través de bibliotecas digitales.

Hoy en FLACSO, mañana en Filosofia y Letras

Entre las actividades que participará Pablo en su paso por Argentina hay dos conferencias:

Hoy miércoles 14 a las 19 hs, en el Aula 2 de la sede FLACSO, Ayacucho 555, dará una conferencia sobre "Reforma de la ley de derecho de autor en Brasil: el proceso abierto de consulta pública", en relación al proceso de reforma de las leyes brasileñas que pretende dar un marco regulatorio mas equitativo en materia de (la llamada) propiedad intelectual, que contemple el acceso al conocimiento y la cultura como un derecho ciudadano básico. (Confirmar asistencia a mpi@flacso.org.ar).

Estudiantes criminalizados

Mañana jueves 15, a las 18 hs. en el Aula 108 de la Facultad de Filosofia y Letras de la UBA, Puán 480, dará una conferencia sobre Derechos de Autor y Acceso al Conocimiento, organizada por la Subsecretaría de Bibliotecas y la Subsecretaría de Publicaciones de la Facultad, donde junto con la estudiante Evelin Heidel, del Proyecto BiblioFyL (la biblioteca digital de los estudiantes de Filosofía y Letras), tratarán estos temas:

  • Derechos de autor y la criminalización estudiantil.
  • Derechos de autor y subsidios a la investigación.
  • Derechos de autor en los contextos digitales.
  • Derecho de autor en Brasil: El proceso de reforma de la ley de derecho de autor.

(Para más información, Subsecretaria de Bibliotecas: Tel 4432-0606 int 221, subsecbibliotecas@filo.uba.ar)



Sábado 15 de Mayo de 2010

Papelón: diputado plagia para castigar el plagio

El mito del plagio ("el mal" o "el delito" en el
mundo literario) puede ser invertido: los sospechosos son precisamente los que apoyan la privatización del lenguaje. Las prácticas artísticas son sociales y las ideas no son originales sino virales: se unen con otras, cambian de forma y migran a otros territorios. La propiedad intelectual nos sustrae la memoria y somete la imaginación a la ley.

Antes del Iluminismo, la práctica del plagio era la práctica aceptable como difusión de ideas y escritos. Lo practicaron Shakespeare, Marlowe, Chaucer, De Quincey y muchos otros que forman parte de la tradición literaria.

Josefina Ludmer "Sobre el plagio".

En un exquisito ejercicio de la paradoja y la provocación, un diputado tucumano se ha propuesto reivindicar las palabras de Ludmer, y fundamenta:

El plagio es definido por el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española como la acción de "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias". Desde el punto de vista legal, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra artística o intelectual de cualquier tipo, que se produce cuando se presenta una obra ajena como propia u original. Así pues, una persona comete plagio cuando copia o imita algo que no le pertenece haciéndose pasar por el autor de ello. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se comete plagio al no citar la fuente original de la información incluyéndo la idea, párrafo o frase dentro del documento sin comillas o sin indicar explícitamente su origen. Esto constituye, específicamente una violación a la paternidad de la obra, contemplada dentro del marco de los derechos morales.

La denominada propiedad intelectual es una colección de marcos jurídicos diferentes que protegen los intereses de autores e inventores en relación a obras creativas, ya sean estas, expresiones de ideas como en el caso del derecho de autor o aplicaciones prácticas e industriales de ideas como en el caso de las patentes. Según la legislación de cada país, el castigo por este tipo de infracción puede ser una sanción penal o una sanción económica y la obligación de indemnizar los daños y perjuicios.

En un sentido más amplio, generalmente se denomina plagio a los libros que tienen tramas o historias muy similares, a películas con semejanzas extremas en la forma de expresión de las ideas, a un invento muy similar a uno patentado, a una obra de arte similar o con alguna pieza del original, marcas; incluyendo logotipos, colores, formas, frases, entre otros distintivos de algún producto, o simplemente a ideas. El uso de un mismo argumento para diferentes obras, expresadas de manera original, no constituye plagio, ya que el derecho de autor no cubre las ideas en si, sino únicamente la expresión de las mismas.

Y aquí es donde el diputado nos hace un guiño extraordinario: el texto citado es lo que dice Wikipedia sobre el plagio, y merced al fecundo y valorable copy/paste es lo mismo que dice el apartado de los fundamentos del delirante proyecto de ley "Reforma Código Penal: Plagio. Agravamiento de Penas" del Diputado Gerónimo Vargas Aignase del progresista "Frente para la Victoria" de Tucumán.

Siguiendo lo dispuesto por el mismo proyecto de ley, la falta de cita o mención a la fuente del texto (wikipedia) de los fundamentos constituye precisamente el delito del que se pretende agravar su pena. ¿Pudo haberse no premeditado un uso tan exquisito de la paradoja y la ironía para denunciar el absurdo de la legislación sobre el plagio?.

Invitamos al diputado y demás plagio-fóbicos a leerse este texto de Josefina Ludmer, y luego deróguense las leyes y normativas que castigan la copia y el plagio, al menos en el ámbito de la cultura.


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Lunes 26 de Abril de 2010

BiblioFyL: digitalización, acceso y criminalización, desde São Paulo

La digitalización del patrimonio cultural de Brasil se ha convertido en una tarea apremiante, abriendo la discusión sobre los límites impuestos por la ley de derechos de autor, las nuevas tecnologías, estándares y normas, así como caminos para la formación de una red eficaz entre las instituciones y los proyectos existentes.

Con este fin, el Ministerio de Cultura de Brasil, el Proyecto Brasiliana USP de la Universidad de São Paulo y la Casa de Cultura Digital, están organizando un Simposio Internacional sobre Políticas Públicas para Acervos Digitales, que se celebrará en São Paulo, entre el 26 de y 29 de abril de 2010. En ella se reunirán expertos y profesionales de Brasil y del mundo para intercambiar experiencias, ideas y soluciones a fin de proponer políticas públicas para la digitalización de las colecciones y la formulación de un modelo sostenible de conservación y el acceso universal al patrimonio cultural brasileño.

Así comienza el texto de la presentación del Simposio. Entre los invitados de Argentina, estarán (mañana) martes 27, a las 15:30, en la mesa de discusión "Direito à Cultura – Acesso Qualificado", Beatriz Busaniche de Vía Libre como moderadora y Evelin Heidel de Bibliofyl como panelista. El resto de la mesa estará integrada por el académico canadiense Jean-Claude Guédon, por José Murilo Jr. del Ministerio de Cultura de Brasil, y Pablo Ortellado de GPOPAI (responsables del informe varias veces citado aqui sobre subsidio público y acceso al conocimiento).

En una entrevista realizada por los organizadores del simposio, sobre la amenaza que implica el actual marco legal al acceso a la información, Evelin responde:

[...] La actual Ley de Propiedad Intelectual, la 11.723 por sí sola ya constituye un desafío, porque hoy sirve para justificar cualquier cosa y viola tratados como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que es constitucional en la Argentina desde 1994. Hay varios ejemplos. En 2009, por ejemplo, un profesor de filosofía en la Universidad de Quilmes fue procesado por mantener sitios sobre Heidegger, Nietzsche y Derrida.

Las razones que mueven a CAL y CADRA [órganos de regulación del derecho autoral, como ECAD en Brasil] no tiene que ver exactamente con reparar daños económicos, o lucro cesante. Si así fuera, sacarían de Internet a varios servicios gratuitos que hospedan material ilegal con fines de lucro. Sin embargo, este tipo de acciones de los órganos de fiscalización sirven como acciones ejemplificadoras para la sociedad y como pretexto para firmar convenios con instituciones públicas.

Para mejorar esta situación actual es preciso abrir el debate sobre la Ley de Propiedad Intelectual en la Argentina y conseguir modificar de la ley 11.723. Hay que avanzar también sobre las opciones alternativas que tenemos así como con las restricciones impuestas por la ley. Es decir, el uso de licencias libres, estándares abiertos, desarrollo de software y hardware libre. Tenemos que animar a la sociedad para hacerse cargo de los problemas de la "sociedad de la información" y entender los beneficios de los modelos colaborativos-comunitarios. Seguir leyendo el resto de la entrevista, en portugués o aquí traducida por un pirata.

Una la larga lista de participantes disertará durante los tres días del simposio. El programa completo puede consultarse aquí, . El sitio menciona también que las conferencias serán trasmitidas por internet.



Lunes 12 de Abril de 2010

Un Estado no puede quedar sujeto a una empresa

Pagina/12 publica hoy en el suplemento económico una entrevista a Richard Stallman, en el marco de una nota sobre el plan para repartir netbooks entre los estudiantes titulada "Las empresas que ganan con las laptop educativas". Stallman responde sobre informática en el ámbito de la educación:

Ante todo, la educación tiene una función social. Eso es lo que debería transmitir cualquier programa educativo basado en las nuevas tecnologías. Si un Estado permite la inclusión y la penetración de software privativo –como el caso de Microsoft y su sistema operativo Windows– está entregando el futuro de la educación a los planteos ideológicos de una empresa privada. El software libre aboga para que cada usuario pueda ser partícipe central en su desarrollo tecnológico. Entrevista completa aqui



Viernes 9 de Abril de 2010

Diputados exigen no utilizar software privativo en las netbooks educativas

Acaban de publicar en Vía Libre:

La iniciativa de la Diputada Nacional Nélida Beluos, que lleva la firma y apoyo de los diputados Verónica Benas, Ariel Basteiro, Eduardo Macaluse y Victoria Donda Pérez:

resuelve solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que disponga las medidas necesarias a fin de equipar exclusivamente con Software Libre las computadoras que serán proporcionadas a alumnos y docentes mediante el programa CONECTAR IGUALDAD.COM.AR creado por decreto Nro. 459/2010.

El expediente del proyecto es el 1905-D-2010 y fue presentado en la cámara de diputados el 8 de abril, el mismo día la conferencia ofrecida por Richard Stallman en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Entre los fundamentos del proyecto señalan:

Implementar software privativo es una medida abiertamente contradictoria con el espíritu que entendemos tiene el programa, dado que restringe las capacidades y libertades de los usuarios, impide el estudio y la investigación, modificación, mejoramiento y distribución de los programas, impone actualizaciones constantes no necesariamente gratuitas, incluye ‘errores’y ‘puertas traseras’ que propician la fuga de información, tienen un costo más alto, entre otras características desfavorables.

El Software libre, en cambio fomenta el círculo virtuoso de colaboración, solidaridad y construcción comunitaria desde principios éticos, además, existen programas libres para todas las tareas pedagógicas, desde actividades básicas para niños en los primeros años escolares, hasta el desafío de contar con herramientas de programación y programs complejos de diseño, cálculo y comunicación para los estudiantes que deseen avanzar en su formación.

De lo que se trata aquí [...] no es de la incorporación de la tecnología, sino de incorporar la filosofía de la igualdad, de colaboración, una lección cívica y un aliciente a las ansias de conocimiento sin restricciones tecnológicas, comerciales, de patentes ni de otro tipo. Se trata de la incorporación de más y mejores herramientas para ejercer derechos y libertades. El derecho a comunicar, el derecho de acceso a la información, el derecho a la elección, el derecho a la educación y el derecho a la privacidad de los datos personales. Todo ello retroalimenta un círculo virtuoso para toda una sociedad más justa y transparente.

Seguir leyendo en el sitio de Via Libre.


Entonces... todavía hay esperanzas de salvar a los estudiantes del "combo privativo" !!.

En un rato empieza (a las 18:00 hs) la charla abierta de Richard Stallman en la Facultad de Ciencias Sociales!, nos vemos ahi.



Jueves 4 de Marzo de 2010

Detengamos el ACTA

¡Detengamos el ACTA!

ACTA significa "Anti-Counterfeiting Trade Agreement" que podría traducirse como "Acuerdo Comercial de Contra la Falsificación". Parece un burocrático y lejano tratado de negocios, sin embargo de imponerse el marco legal que promueve, serán afectados sensiblemente aspectos de nuestra vida cotidiana, incidiendo sobre nuestros derechos y sobre nuestras libertades.

Ya en 2008 muchas agrupaciones que seguían de cerca el acuerdo advertían que ACTA pretendía:

  • Solicitar a los Proveedores de Servicios de Internet que monitorearan todas las comunicaciones de sus usuarios.
  • Obstaculizar el uso justo de materiales con copyright.
  • Criminalizar a quienes compartiesen archivos en internet usando programas Peer To Peer (P2P).
  • Limitar el acceso a medicamentos de bajo costo.

¿A quiénes afecta?



Jueves 25 de Febrero de 2010

ACTA: extender leyes estadounidenses sobre propiedad intelectual al resto del mundo

El siguiente texto es una traducción del artículo de Nate Anderson publicado en Ars Technica "World, get ready for the DMCA: ACTA's Internet chapter leaks"

Mundo, prepárate para el DMCA[1]:
El capítulo sobre Internet del ACTA

Lo más extraño acerca del secretismo del "Anti-Counterfeiting Trade Agreement" (ACTA) es que, cada vez que vemos un texto que se ha filtrado, no encontramos nada particularmente secreto allí. Este fue el caso de la filtración del pasado fin de semana del borrador de la sección de "Aplicación a Internet" del ACTA. Como hemos señalado antes, ACTA parece ser una estrategia para extender el "Digital Millennium Copyright Act" (DMCA) norteamericano al resto del mundo, y eso es exactamente lo que el capítulo para Internet intenta hacer.

IDG News vio el borrador del texto la semana pasada, pero ahora se ha filtrado el actual documento (PDF). Bajo el título "Procedimientos de aplicación en el entorno digital", el documento rápidamente remarca los puntos centrales: el filtrado de Internet (no permitido como un requerimiento), políticas de «tres avisos»[2] (sugerido, pero no obligatorio), procedimientos de baja preventiva[3] (obligatorio), y las disposiciones «puerto seguro»[4] para los ISP (también obligatorio).

Si el proyecto suena parecido a la ley estadounidense ya existente, es que es así; la delegación de EE.UU. redactó la sección de Internet del ACTA, y todo el documento está siendo negociado como un acuerdo ejecutivo, lo que significa que puede ser adoptado sin el consentimiento del Congreso, pero no puede modificar la ley estadounidense. Por lo tanto, como era de esperar, el documento que se filtró, lleva el DMCA a todo el mundo.



Domingo 21 de Febrero de 2010

Consumidores sin tiempo y libros sin costo

Si al consumidor se le da todo el tiempo del mundo, encontrará en la Biblioteca cuanto necesite, y sólo pagará el peaje de entrada a su operadora de telecomunicaciones. Pero si el consumidor no tiene tiempo, pagará a aquellos que sepan abreviarle el trámite.

El abogado Carlos Sánchez Almeida escribe sobre libros electrónicos, copia privada, falta de tiempo y los tontos que prestan libros "La copia privada en el libro electrónico, ¿un problema?"



Domingo 21 de Febrero de 2010

Fonogramas Huérfanos

El año pasado, en el casi nulo debate que terminó en la aprobación de una Ley que extendió en 20 años las restricciones legales sobre los fonogramas por parte de las discográficas (que se esconden detrás de los intérpretes famosos), y devolvió al dominio privado obras que ya estaban en el público, circularon por las comisiones algunas peculiares alegorías hacia el Dominio Público tales como: "el páramo" o "la piratería legal" (asi estamos...) pero nada se dijo sobre un problema que la ley agudizaba significativamente, el de las obras descatalogadas.

Persiguiendo el objetivo de mantener una renta privada sobre algunas pocas grabaciones que aún mantienen cierto valor comercial los lobbies de la industria consiguieron que los legisladores aprobaran la ley, pero también dejaron relegadas del Dominio Público una abrumadora mayoría de obras sobre las cuales pesarán las mismas restricciones, pero que sus dueños no están interesados en re-editar, contribuyendo a condenarlas definitivamente al olvido.

En Pagina/12 Diego Fischerman escribe una nota muy contundente sobre el problema:

[...] No cabe mucha duda de que los sellos seguirán editando a Sandro, al Club del Clan y, dentro del tango o el folklore, a Los Chalchaleros, a Troilo, a D’Arienzo y alguno más. Pero, de no haber ninguna ley complementaria que establezca los deberes que esa extensión del derecho debería conllevar, las consecuencias de la ensalzada norma serán la desaparición del mercado de todo aquello que los sellos jamás quisieron reeditar. Sin una reglamentación complementaria, la nueva legislación derivará en la convalidación del derecho de las compañías a no editar determinados discos y en la imposibilidad de obtenerlos por parte de los potenciales interesados. Una somera evaluación de antecedentes revela, por ejemplo, que Universal, actual propietaria de Philips, nunca editó en CD la mayoría de los discos originales de Mercedes Sosa, mantiene fuera de catálogo el segundo volumen de la Historia del Tango por Astor Piazzolla, tiene inédito su Veinte años de vanguardia con sus conjuntos desde hace nada menos que cuarenta y seis años, y jamás publicó el Romance de la muerte de Juan Lavalle, de Eduardo Falú y Ernesto Sabato. EMI nunca editó en CD los discos originales del Sexteto Mayor y relegó las geniales grabaciones de Troilo para Odeón a un disco llamado From Argentina to the World, donde no se consigna absolutamente ninguna información y, para peor, de las 24 piezas registradas por la orquesta entre 1957 y 1959 incluyó, arbitrariamente, sólo 20. El dominio público es el de todos. El que acaba de refrendarse, si no se lo corrige de alguna manera, será el del perro del hortelano.

La nota completa: "Cuestiones sobre el dominio público"

Vía Beatriz Busaniche



Sábado 13 de Febrero de 2010

Enlaces sobre Brasil en febrero

Brasil es un referente mundial en muchos sentidos, pero pronto también lo será en lo referente a derechos de autor y su relación con acceso a la cultura. Y es que se inició un proyecto de discusión pública para la modificación de su ley de derechos de autor.

Asi empieza el artículo "El sentido de la cultura en Brasil" en el sitio chileno Cultura Digital, y es un buen disparador para compilar algunos enlaces sobre el promisorio clima que se vive en Brasil sobre Propiedad Intelectual.