Recientemente Consumers Internacional (federación que congrega entidades de defensa del consumidor en todo el mundo) presentó su informe anual sobre cómo la propiedad intelectual afecta el derecho de los consumidores, el IP Watchlist 2011 que ubica a la Argentina en la lista de los 10 peores del mundo.
Por ese motivo la gente de Partido Pirata entrevistó a Beatriz García Buitrago, de Consumidores Argentinos en el siguiente podcast:
Beatriz es abogada, Presidenta de Consumidores Argentinos, Asociación para la Defensa, Educación e Información del Consumidor, y Miembro del Ejecutivo y Consejo de Consumers International.
La entrevista arranca con esta pregunta:
—Como consumidores, ¿en qué nos afecta nuestra ley de derecho de autor?
¿En qué nos afecta? por ejemplo: nuestra ley de derechos de autor no tiene ningún tipo de excepciones [...] no hay ningún tipo de excepción educativa, o sea con fines educativos vos no podes utilizar ningún producto que esté protegido por el copyrigth [...] no cuenta con cláusulas de uso justo, de uso personal [...] las citas son sólo permitidas con fines didácticos y eso también está limitado, porque está limitado a mil palabras, o a ocho compases [...] el pasaje de un cd a un mp3 tampoco está permitido; la fotocopia de los libros... suponete que querés estudiar, que querés fotocopiar para poder rayarlo, para poder resaltarlo... no está permitido; compaginar canciones, hacer remix para escuchar con tus amigos tampoco esta permitido [...] todo esto limita terriblemente los derechos de los consumidores, y nos convierte a nosotros obligatoriamente en criminales, porque vamos en contra de la ley
Con relación al informe 301, Beatriz deja bastante claro cuáles son los intereses que están detrás, y qué objetivo, por el contrario, persigue el informe de IP Watchlist:
[...] Estados Unidos [...] hace este informe [por el informe 301] para ver cómo está el tema de la propiedad intelectual, y cómo afecta a sus empresas en todo el mundo. Nosotros hacemos lo contrario: cómo está en relación a los derechos de los consumidores toda la legislación de propiedad intelectual. Estados Unidos lo que dice de nuestro país, de Argentina, es que nosotros seguimos en la lista esa de vigilancia prioritaria, porque si bien nuestra legislación es buena (para ellos es buena, para sus intereses es buena), los juzgados, las reparaciones civiles, no son efectivos, el poder judicial es renuente a imponer sanciones ejemplares por violar la norma [...] ¿entonces qué pasa? sí, efectivamente, si esa norma se aplicara a rajatabla, yo creo que no queda ningún argentino en su casa, están todos en la cárcel
Otro tema interesante que se toca durante la charla, es el conflicto de derechos que generan las restricciones del derecho de autor:
—¿La ley de derecho de autor está perjudicando algún derecho constitucional que nosotros tengamos?