Martes 25 de Octubre de 2011

Que En Paz Descansen, Los Enlaces

Actualización (25/10): Hoy, en la reunión del Consejo Directivo de Filosofía y Letras, que es el máximo órgano de decisión la facultad (conformado por los claustros de graduados, docentes y estudiantes), resolvió por unanimidad: repudiar enérgicamente el proce­sa­miento de Taringa!.


codigo html de un enlace

Internet a la Argentina: enlaces desprotegidos

Tal como lo dice un nuevo fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (a cargo de los jueces Julio Marcelo Lucini y Mario Filozof) que confirma el procesamiento sobre los hermanos Matías y Hernán Botbol y Alberto Nakayama de Taringa, pareciera que se acercan días oscuros para los administradores o responsables de sitios web que alojen sus sitios en Argentina:

[...] más allá de que los links desde los cuales se habrían descargado las obras reproducidas ilegalmente (rapidshare.com, 4shared.com y mediafire.com) están ubicados fuera del país, los servidores del dominio taringa.net -desde donde se ofrecía su descarga (kui.wiroos.com.ar y lanark.wiroos.com)- registran domicilio en la República Argentina

Enlazar sitios de internet, no es otra cosa que ofrecer el mero dato fáctico de un contenido que se halla en otro lugar de Internet, y queda muy lejos del núcleo de lo que supone distribuir, reproducir o comunicar públicamente, que es lo que realmente menciona la ley de propiedad intelectual argentina. Cuesta entender qué parte de la ley 11.723 interpretan los jueces, ha sido vulnerada, y cómo es que un hiperenlace (una referencia, una dirección a otro sitio), puede entenderse como una forma de reproducción, copia o comunicación pública de una obra.

Este antecedente —de transformarse en sentencia condenatoria luego del juicio— implicaría que la sola existencia de un enlace (como los miles que publica Google en cada búsqueda) referenciando sitios de terceros donde haya publicada alguna obra sin autorización (como los miles que publica Google en cada búsqueda), sería lo mismo, desde el punto de vista de este fallo, que haber alojado el archivo en nuestro propio servidor. Es decir, como responsables del servidor donde sólo hay un enlace, se puede terminar implicado penalmente por una falta que de hecho, se comete en otro lado, y la comenten otros (agreguemos a esto, que la culpa se está adjudicando por omisión, o sea, no por haber publicado los enlaces, sino por no haber evitado que un usuario de Taringa los publicara).

Implicaría además, que no se podría confiar demasiado en lo que expresamente dice el texto de las leyes argentinas, en particular de la 11.723, los jueces podrían interpretarlo a su gusto de la manera más conveniente según el caso, con tal de obtener una sentencia condenatoria.

Finalmente implicaría un avance sobre la libertad de expresión: para minimizar riesgos legales, los administradores de foros, blogs, o buscadores, quedarían forzados a filtrar en forma previa los contenidos publicados por sus usuarios --o aquellos recogidos en forma automática-- para descartar enlaces a otros sitios donde exista algún indicio sospechoso que pudiera exponerlos. Serviría como antecedente, por ejemplo, para demandar a Google de Argentina, o cualquier otro buscador que entre en la jurisdicción nacional, por facilitar enlaces para la descarga en sus búsquedas.

Un enlace, hipervínculo o hiperenlace, es uno de los pilares sobre los cuales descansa la dinámica por la cual internet es un medio tan valioso, en especial para la libertad de expresión y el acceso al conocimiento: la posibilidad de enlazar a toda la información que se encuentre disponible en la web. En los 90's Tim Berners Lee transformó esa idea en un protocolo concreto, de tal forma que sólo escribiendo un código sencillo en un documento html (una página web) puede indicarse donde esta alojada alguna información en otro lugar de la red.

Entonces mucho cuidado, antes de escribir un hiperenlace, revise detenidamente el sitio a enlazar, si hubiera algún reclamo contra el sitio enlazado, aunque no tenga nada que ver con Usted, pordría terminar procesado de todas formas, nada más por enlazarlo.


En los medios: infobae.com, La Nación, Diario Judicial.


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Comentarios

#1 Pingback

#2 Justo el último artículo que

Justo el último artículo que escribí en mi blog es un comentario a un fallo de la Corte Suprema de Justicia de Canadá, de la semana pasada que dice exactamente lo contrario a estas sentencias.
En otra oportunidad te comenté que, en mi opinión personal, no tiene sentido de proporción usar el aparato represor del estado para estas cuestiones.
Voy a leer los fallos con cuidado (todavía no lo hice). Me parece que, simplemente por enlazar a otra página, el usuario no puede ser responsable de nada.
Pero cuidado con comparar a Taringa con Google. Eso es recurrir a la misma brocha gorda que usan los que dicen que cualquier infracción en la red es idéntica a la otra. Cuevana o Taringa, son modelos de negocios que saben -desde el vamos- que violan las leyes de propiedad intelectual. Hace rato que no entro a Taringa pero antes tenían los enlaces más visitados por categoría. Hay que ser muy cínico para decir que no tenes nada que ver si entre los enlaces top está "El Codigo Da Vinci", "Super 8" y la última versión de Microsoft para su descarga.
Además de ello, no se le puede exigir el mismo standard a un usuario que a una empresa que factura, seguramente, millones. Un usuario bien puede no saber que descargar el último capítulo de "Big Bang Theory" viola los derechos de un tercero. Pero esa excusa no la tiene una empresa que se dedica a esto.
Como otras veces, te repito, tampoco soy una carmelita descalza y reconozco que si hay "infracciones a la ley" (no te gusta la palabra piratería) se debe, entre otras cosas, porque los usuarios no cuentan con una alternativa legal y barata.

#3 Te pueden mandar en cana incluso con un hipervínculo inocente

Si yo hago un hipervínculo a una determinada página de un sitio web, alguien puede cambiar el contenido de aquella página web para implicarme y como resultado, cualquiera de nosotros podría ser inculpado por el material publicado (intencionalmente modificado) en el sitio de destino.

Prueba de concepto:
En este mismo blog, junto con mi comentario queda un link a una página web cuyo contenido puede ser alterado sin conocimiento del blog en donde se publicó el link y el comentario.

Otro ejemplo:
Si hoy publico la dirección de un departamento y mañana resulta ser un prostíbulo, pueden implicarme legalmente (a menos que el propietario del departamento sea un juez[1]).

[1] http://www.perfil.com/contenidos/2011/07/22/noticia_0041.html

#4 desobediencia civil

Pues ha llegado la hora de castigar de forma ejemplar a estos mercenarios de la cultura que criminalizan el mero acto de compartir

¿como?

Dejando de comprarles libros, cds de música. DVD de video, dejar de asistir a las sala de cine, a las Ferias de Libros de editoriales "legales" etc, etc, etc

#5 Pingback

#6 Cuidado con la pendiente resbaladiza

Hay que tener mucho cuidado al leer una sentencia, especialmente una sentencia penal.
El argumento de Fefu no se sostiene porque la ley no es una trampa para inocentes. Tampoco es correcto concluir que, de ahora en más, no hay que enlazar a contenido de terceros porque "podes ir en cana". A lo sumo, este fallo dice "Cuidado si tu modelo de negocios está construido sobre la distribución de contenido ajeno".

#7 ¿Dónde dice eso que

¿Dónde dice eso que interpretás, Francisco? Hasta donde yo sé, el modelo de negocios de Taringa! es la publicidad, no la distribución de contenido ajeno.

Saludos!

#8 Anónimo, Eso es como decir

Anónimo,

Eso es como decir que el negocio de Susana no es invitar a los Wachiturros sino la publicidad. Por supuesto que es así pero para vender publicidad necesitas público. Susana lo obtiene invitando a estrellas pop decadentes y Taringa (o Cuevana, etc) distribuyendo contenido ajeno.
Después está la discusión si lo que hace Taringa, Cuevana, etc. es o no ilegal.
Que quede claro que yo no lo tengo tan claro. Si te fijas en el último artículo de mi blog, para mi Internet es sagrada. Mi única duda, y es una duda, es cual es el límite.

#9 Sí, claro. El modelo de

Sí, claro. El modelo de negocios de Tinelli también es pasear gatos de todos los colores por su programa.

Ahora, vos que sos abogado debés saber que las vertientes filosóficas de la propiedad intelectual son varias, y que una de ellas es la variante de la teoría de la personalidad tal como la pusiera Kant. Teniendo eso en cuenta, ¿acaso no podría argumentar los Wachiturros o los gatos de Tinelli que tanto Tinelli como Susana hacen plata con ellos? De vivir en esta época, Guy Debord se estaría haciendo alta fiesta. La pregunta es: ¿la relación entre una cosa y la otra es necesariamente directa?

Por otra parte, los primeros en ganar dinero con el contenido ajeno son los editores, es decir, que evidentemente el planteo no pasa por ahí. Y cualquiera sea la respuesta a la pregunta, si tenemos que hacerla es porque no hay una certeza firme respecto de las relaciones entre el lucro/los links/el modelo de negocios/etc.

El fallo no dice eso que decís, si Taringa! fuera un sitio no comercial estaría en la misma. ¿Dónde dice que el lucro es la razón por la cual se lo procesa?

Saludos

#10 Aclare

Aclaré que todavía no había tenido tiempo de leer la sentencia con atención. De todos modos, en el segundo párrafo de los considerandos los jueces destacan el fin de lucro.

Los Wachiturros fueron compensados por su participación en lo de Susana. Así como las chicas, que descalificas, son compensadas en el programa de Tinelli y los autores también son compensados por sus editores. Podes no estar de acuerdo con la relación costo beneficio pero esa decisión la tomó gente grande, en uso de sus capacidades. Kant, puede descansar en paz. Aparte, dos mal no hacen un bien. Si vos sostenes que Susana les tiene que pagar a los Wachiturros ¿Cómo podes sostener que Cuevana no tiene que hacer lo mismo con los autores de quienes se beneficia?

No se quien es Guy Debord. Lo googlearé

#11 ¿El segundo párrafo? "El

¿El segundo párrafo?

"El funcionamiento como biblioteca de hipervínculos justifica la existencia de la página"

No sólo lo que dice el juez es una pelotudez grande como una casa, sino que además no hay ni coherencia sintáctica ni coherencia argumentativa en lo que está diciendo. Este blog es una "biblioteca de hipervínculos", y las "justificaciones de una página" (que no es lo mismo que el modo en que obtiene ingresos) no son cuestiones que le interesen al juez.

Yo no descalifico a las chicas de Tinelli, ellas solas se descalifican a sí mismas. Y, por otra parte, supongamos que es cierto que a los Wachiturros les pagan. ¿No irían igual? ¿No dependen ellos también de la aparición en los medios, precisamente, de la difusión de sus temas, sus caras, etc.? ¿Cuánto de los Wachiturros depende de salir en Susana o de ser condenados al ostracismo? Y ojo que yo no estoy sosteniendo que Susana les tenga que pagar a los Wachiturros. Tampoco creo que Cuevana o Taringa le tengan que pagar nada a nadie.

#12 Ese es el párrafo. No lo

Ese es el párrafo. No lo transcribiste entero. Te cité el párrafo por la pregunta al final de tu comentario (el Nº9).

El resto de tu comentario, sinceramente, no lo entiendo. Y como seguro vos tampoco me entendes a mi, mejor lo dejamos para otro día y que sigan otros que si se puedan entender.

#13 Además, che, habrán sido dos

Además, che, habrán sido dos personas grandes y todo lo que quieras, pero Rodolfo Walsh no se puede levantar de su tumba y decirle a Divinsky: "no quiero que uses mi obra para hacerle juicio a estos pibes". Me parece que la cuestión pasa por ahí, como mínimo habría que establecer plazos más razonables que se ajusten mejor a la realidad actual. No podés juzgar al siglo xxi con leyes del siglo xx.

#14 Un mundo raro.

Un mundo extraño este en el que se persigue a quien pone la cultura al alcance de todos. ¿Ninguno de esos jueces a estudiado nunca en libros fotocopiados?
Un mundo raro en el que se aplaude la quema de libros (digital): esta condena no es más que eso.
Un mundo en el que la libre difusión de la cultura... bueno tal vez no sea tan raro.

#15 No le corresponde a Taringa! evaluar si se viola la PI

Hay un error sistemático en afirmar que no se puede comparar a Taringa! y Google: ambos ponen enlaces de la misma forma. El modelo de negocios no tiene nada que ver. No es función de T! (y no debe serlo) evaluar si los enlaces que publican son o no son links a contenidos protegidos.

Qué pasaría si yo denuncio un post por enlazar a material supuestamente de mi propiedad? Cómo verifica eso T! ? Más aún, es correcto que un privado se erija en juez? No abre eso la puerta a una absurda desproporción entre los privados poderosos y los ciudadanos? Yo creo que a un privado no le corresponde pasar por arriba al sistema legal, como comentaba Beatríz Busaniche en este post

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